Derecho vulnerado

El artículo 45 de la constitución de la República establece que todos los habitantes de Uruguay tienen derecho a una vivienda decorosa y la responsabilidad del Estado de instrumentar políticas públicas que garanticen este derecho. No obstante existen sectores de la sociedad para los que el acceso a la vivienda es un problema crítico y que se ha visto agravado en el contexto de epidemia.

Juan Ceretta explicó que la Clínica de Litigio Estratégico asume distintas causas en temas variados, que en algún momento se vincularon entre otras problemáticas a vivienda. En el 2020 la Clínica ha optado por trabajar en casos relacionados con las personas mayores, los derechos de las personas víctimas de terrorismo de Estado en segunda generación y el incumplimiento por parte del Estado y con la situación de los niños con Trastorno del Espectro Autista (TEA) y prestaciones de Servicio social vinculadas a ellos. No obstante la Clínica también tienen en proceso un caso vinculado al derecho habitacional, el reclamo de acceso a una vivienda de una familia de contexto crítico, con 6 hijos, que se resolverá en estos días ya que tuvo su audiencia final el 22 de octubre.

Ceretta explicó que además en el año 2020 en el Consultorio Jurídico se crearon dos nuevos espacios dedicados específicamente a la temática vivienda. Estas clínicas que se iniciaron en el marco de un convenio con la Intendencia de Montevideo, terminaron siendo la «Clínica de Litigio derecho a la vivienda» y el «Consultorio Jurídico Vivienda». Ceretta indicó que estos dos equipos vienen trabajando al firme y con intensidad desde su creación, cada uno de ellos en un área específica.

Añadió que la Clínica de Litigio derecho a la vivienda está trabajando con la regularización del asentamiento Irineo Leguisamo, en el barrio Ituzaingó, en el marco de un convenio con la Intendencia de Montevideo. En este trabajo participan además técnicos de la comuna capitalina, docentes y estudiantes del Departamento de Agrimensura de la Facultad de Ingeniería. El Consultorio Jurídico Vivienda por su parte trabaja en la Ciudad Vieja atendiendo a personas en situación de desalojo de pensiones y fincas en esa zona, un problema emergente que se vio notoriamente incrementado en ese territorio en el 2020, en el marco de la pandemia. Ceretta indicó que los lanzamientos se dieron tanto en las pensiones irregulares que no brindan ninguna garantía a las personas que se alojan en ellas, como en las regulares, ya que en Uruguay las pensiones están habilitadas a desalojar sin que la solicitud pase por ningún juzgado, simplemente llamando a la policía.

Acotó que a esto se sumaron las denuncias de usurpación que se dan en casos de ocupación de fincas abandonadas, y las situaciones que plantea la Ley de faltas (Nº 19.120), que establece en el artículo 14, que prohíbe bajo pena ocupar los espacios públicos para acampar o pernoctar.
Indicó que esta ley afecta especialmente a las personas más vulnerables, con más dificultades de acceso a la vivienda que muchas veces terminan en situación de calle, como los migrantes. Ceretta expresó: «si ocupan una casa cometen un delito pero si se quedan en la calle cometen una falta». Explicó que en el caso de la población migrante «muchos no cuentan con garantías para alquilar, ni con la documentación para acceder a un trabajo formal, y eso es un círculo vicioso que los deja siempre al límite de lo ilegal».

En los últimos días, un anuncio del Ministerio del Interior (MI) acerca de una modificación de los requisitos para tramitar la residencia en Uruguay, puso atentos a los docentes de la Udelar y organizaciones sociales que trabajan con los migrantes ya que dicho cambio los dejaba en una situación aún más vulnerable.

Ceretta explicó que el decreto vigente del MI establece que para que una persona pueda avanzar en el trámite de residencia en el país, debe acreditar medios de vida suficientes. Históricamente la interpretación del MI era que el monto a acreditar debía ser un salario mínimo nacional (hoy 16.300 pesos uruguayos). La modificación anunciada por el MI en los últimos días cambiaba el criterio para definir el monto que se debe acreditar para poder tramitar la residencia. Con la modificación se pasaba a considerar que medios suficientes no era un salario mínimo sino una canasta básica familiar con lo que el monto pasaría a 26.800 pesos uruguayos.

«Un ingreso de 26.800 pesos deja prácticamente afuera a la mayoría de los migrantes que llegan a Uruguay, no obviamente al gerente de una multinacional que viene a radicarse en Uruguay pero con los que trabajamos nosotros, los deja a todos afuera del acceso a la residencia», expresó Ceretta. «Este cambio motivó que llegaran al Consultorio a plantearnos su problema, nosotros empezamos a ver que acciones tomar pero queríamos hacer público este cambio de criterio de Uruguay porque significaba nada más ni nada menos que cerrarle la puerta a los migrantes que estaban llegando», añadió. Acotó que afortunadamente el viernes 16 de octubre tuvieron la noticia del Ministerio del Interior de que se daba marcha atrás con la resolución y se volvía al criterio anterior de fijar el monto por el salario mínimo.

Investigación

El Centro de Litigio Estratégico de la Facultad de Derecho organizó en setiembre de 2020 el conversatorio Exigibilidad del Derecho a la vivienda. Ceretta indicó que este evento «fue un éxito, resultó muy enriquecedor, nos dejó mucho aprendizaje y nos mostró muchos aspectos en los que tenemos que avanzar rápidamente en Uruguay sobre el reclamo del derecho a la vivienda y poder llevarlo a la justicia». Añadió que la participación de la Organización de Naciones Unidas (ONU) fue un gran apoyo, porque aportó al evento los estándares internacionales y las observaciones de las que ha sido pasible Uruguay por parte de la ONU en cuanto al incumplimiento de normas internacionales de derechos humanos vinculadas a la vivienda.

Destacó que algo positivo que dejó el contexto de epidemia, fue que se implementó el uso de herramientas tecnológicas y plataformas como el zoom que posibilitaron la participación en las instancias de formación y discusión de personas muy valiosas de otras partes del mundo que sería imposible traer a Montevideo. En este caso contaron con la participación de Christian Curtis, argentino que viene trabajando en la ONU, analizando temáticas fundamentales como vivienda, género, grupos vulnerables, entre otros. También participaron profesionales del Derecho de Argentina que vienen litigando desde hace tiempo en ese país por acceso a la vivienda, con mucho éxito.

Perspectivas a futuro

Algunas de las modificaciones que introduce La Ley de Urgente Consideración recientemente aprobada en Uruguay se vinculan con vivienda. La LUC habilita la posibilidad de optar por un régimen de alquiler sin garantía pero en esos casos también flexibiliza las condiciones de desalojo, el plazo para que el inquilino buen pagador abandone la casa luego del desalojo pasa de un año con la ley anterior a 30 días con la LUC. En el caso de los inquilinos malos pagadores el plazo anterior era de 20 días y pasa a ser de 6 días. Ceretta apuntó que no se han detectado aún situaciones de «desalojos exprés», a propósito de la LUC porque para que se apliquen a un inquilino las modificaciones de esta ley en materia de vivienda, la misma exige que en el contrato se deje constancia que se va a aplicar esta normativa. Añadió que los contratos bajo esta reglamentación que se puedan haber realizado son muy recientes y todavía no hay desalojos como consecuencia de la LUC. Ceretta acotó que no obstante «seguramente no demorará mucho tiempo para que tengamos ese tipo de instancias ya vinculadas a los efectos de la LUC».

Los comentarios están cerrados.