Llamado al Programa 720 – Contrapartida de Convenios para primer semestre de 2022
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Llamado al Programa 720 – Contrapartida de Convenios para primer semestre de 2022
Este programa es administrado por el Departamento de Convenios del Servicio de Relaciones Internacionales, que recibirá las solicitudes provenientes de los servicios hasta el 11 de marzo de 2022 a las 13.00 horas. Por su parte cada servicio universitario establece un plazo para las postulaciones que le corresponden. Resumen El programa 720-Contrapartida de Convenios se […]
Este programa es administrado por el Departamento de Convenios del Servicio de Relaciones Internacionales, que recibirá las solicitudes provenientes de los servicios hasta el 11 de marzo de 2022 a las 13.00 horas. Por su parte cada servicio universitario establece un plazo para las postulaciones que le corresponden.
Resumen
El programa 720-Contrapartida de Convenios se basa en los acuerdos de cooperación académica suscritos con universidades, centros de investigación y otras instituciones de nivel superior, extranjeros, que comparten los fines o parte de estos con la Universidad de la República.
El programa exige, como contrapartida, la existencia de convenios vigentes con la Udelar y sus centros y facultades. La ejecución del programa se financia con fondos del Servicio de Relaciones Internacionales asignados anualmente por el presupuesto universitario para tal fin.
El cometido del programa 720-Contrapartida de Convenios consiste en la colaboración académica a través de actividades de interés para los centros, facultades y sus docentes y la cofinanciación de intercambios docentes.
El programa es administrado por el Departamento de Convenios del Servicio de Relaciones Internacionales y consta de dos convocatorias anuales:
- Primer semestre: actividades académicas que comiencen en el período comprendido entre el 1.o de enero y el 30 de junio.
- Segundo semestre: actividades académicas que comiencen en el período comprendido entre el 1.o de julio y el 31 de diciembre.
Las postulaciones se realizan centralmente en los servicios universitarios y luego estos las remiten al Departamento de Convenios del SRI.
Este programa financia hasta un mes de estadía a los docentes extranjeros invitados a los efectos de cumplir con su actividad académica prevista. Para los docentes de la Udelar que se trasladan al exterior a cumplir su actividad académica, se financia el costo del pasaje de menor valor de plaza en ese período.
Requisitos de presentación
- Ser docente de la Udelar según lo establecido en el artículo 6.o del Estatuto del Personal Docente o ser docente de la institución contraparte.
- Existencia de un convenio vigente (marco o específico) de la Udelar con la institución contraparte. Si se trata de un convenio específico donde figura un solo centro o facultad, este tendrá igual validez para el intercambio de los demás centros y facultades. También se toman en cuenta los convenios aprobados con media firma, es decir, ya suscritos por el rector (o el decano, en el caso de específicos).
- La institución contraparte debe hacerse cargo de las erogaciones que comporten la estadía de los docentes de la Udelar que viajen a realizar su actividad académica en el país extranjero o del pasaje de sus docentes que vengan a Uruguay con el cometido académico acordado con nuestra universidad. Esta disposición debe ser refrendada mediante una carta de contrapartida firmada por una autoridad de la institución extranjera.
- El período de ejecución de la actividad académica debe coincidir con el semestre para el que el docente se está postulando.
- Tanto los docentes invitados como los de la Udelar deben ser presentados y avalados por la autoridad del centro o facultad donde se desarrollará la actividad y donde desempeñan su trabajo (esto último en el caso de los docentes de la Udelar); también deben ser aprobados por la Comisión de Asuntos Internacionales del sri.
- La actividad que se realizará debe estar también avalada por la autoridad del centro o facultad y aprobada por la Comisión de Asuntos Internacionales del sri.
- No se podrán postular al programa docentes que hayan hecho usufructo de él en las últimas tres convocatorias.
- De no realizarse la actividad por parte del docente, debe ser presentada una carta de renuncia donde se expongan las razones. En caso de no existir dicha comunicación, esta omisión será registrada; el docente quedará inhabilitado para su posterior presentación al programa.