La Comisión está integrada por un/a representante de Rectorado, de cada orden, por cada una de las áreas, Pro Rectorado de Gestión, AFFUR, Bienestar Universitario-DUS y la Comisión Abierta de Equidad y Género. Desde junio 2019 se reúne periódicamente para discutir aspectos relacionados al cuidado y que involucran a actores de esta casa mayor de estudios.

En esta Comisión se define a la población con necesidades de cuidado, contemplando tanto niños y niñas, como también personas en situación de discapacidad y adultos mayores en situación de dependencia. Si bien esta Comisión trabajará en una agenda escalonada para integrar a todas las poblaciones, en esta primera etapa se trabajará con niños y niñas de 0 a 36 meses, y niños y niñas de 3 a 12 años. Asimismo, se ajustará la normativa que transversaliza a los cuidados en esta etapa de vida.

Aspectos normativos de la Comisión:

Esta comisión entiende por cuidados «Las acciones que las personas dependientes deben recibir para garantizar su derecho a la atención de las actividades y necesidades básicas de la vida diaria por carecer de autonomía para realizarlas por sí mismas. Es tanto un derecho como una función social que implica la promoción del desarrollo de la autonomía personal, atención y asistencia a las personas dependientes» (Art. 3 A, Ley N° 19.353). Asimismo, «El cuidado proporciona tanto subsistencia como bienestar y desarrollo. Abarca la indispensable provisión cotidiana de bienestar físico, afectivo y emocional a lo largo de todo el ciclo vital de las personas. A ello agregaríamos que comprende la estimulación de los fundamentos cognitivos en la infancia y la búsqueda —en la medida de lo posible— de la conservación de las capacidades y la autodeterminación en el caso de las personas frágiles de edad avanzada» (Batthyany, 2012: 11).

La Comisión de Cuidados Central entiende que la normativa de cuidados debe seguir los siguientes principios:

  1. Co-responsabilidad en los cuidados de sus funcionarios/as y estudiantes y en el apoyo a las tareas de cuidados que estos/as ejercen.
  2. Propensión a la solidaridad intergeneracional.
  3. Promoción de la equidad de género.

Resolución Consejo Directivo Central (07.05.2019)

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