Objetivos
Con esta convocatoria, iniciada en el 2009, se busca fortalecer las prácticas de extensión universitaria desarrolladas por colectivos estudiantiles, desde diversas disciplinas y regiones del país, enfatizando la formación y la dimensión pedagógica de los procesos de extensión universitaria. En todos los casos, los Proyectos Estudiantiles de Extensión se desarrollarán por iniciativa de los/las estudiantes y tendrán orientación docente.

Se busca:

– Promover la participación y el fortalecimiento de experiencias de extensión llevadas adelante por equipos de estudiantes de grado de la Udelar.
-Impulsar procesos formativos disciplinarios, multidisciplinarios e interdisciplinarios en torno a problemas sociales específicos.
– Estimular prácticas integrales que den cuenta de problemas de interés general, propendiendo a su comprensión pública.

Condiciones para la postulación
Podrán presentarse a esta convocatoria equipos de al menos tres estudiantes activos/as de carreras de grado de la Universidad de la República.

Se considera estudiantes activo/as a quienes registran alguna actividad de rendición de curso o examen en los últimos dos años calendario consecutivos anteriores, en cualquier unidad curricular básica de al menos una carrera de la Udelar, más la generación de ingreso a la Udelar en el año de postulación2.

Los equipos podrán estar compuestos además por estudiantes pertenecientes a otras instituciones universitarias y/o terciarias del sistema público, siempre que incluyan al menos tres estudiantes activos/as de la Universidad de la República.

No serán evaluadas postulaciones cuyo/s responsable/s tengan pendiente la entrega de informes o rendiciones presupuestales ante la Comisión Sectorial de Extensión y Programas Integrales.

Duración
La ejecución y financiamiento de los proyectos será entre 8 y 10 meses, con ejecución durante el año 2026.

Financiamiento
La modalidad Proyectos Estudiantiles asignará un máximo de $U 40.000 por proyecto en el rubro gastos (por ejemplo, transporte, alimentación, materiales o bienes fungibles). No se financiarán sueldos ni inversiones. Los gastos de alimentación no podrán en ningún caso superar el 50% de la asignación al proyecto.

Bases completas del llamado

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