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Universidad abierta

Transparencia

La Ley N° 18.381 de Derecho de Acceso a la Información Pública, publicada con fecha 7 de noviembre de 2008 en el Diario Oficial, establece la obligatoriedad de transparencia para todas las personas públicas estatales y no estatales, que implica publicitar en forma permanente y actualizada, información relacionada a la estructura y gestión de los sujetos obligados.

Información pública

Derecho de acceso

El derecho de acceso a la información pública se encuentra reconocido en instrumentos de Derecho Internacional como son la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana de Derechos Humanos. 

El decreto reglamentario N° 232/2010 de 2 de agosto de 2010 presenta varios principios relacionados con la información; entre ellos, el principio de máxima publicidad, que obliga a las entidades públicas estatales y no estatales a difundir la información pública de la manera más amplia posible. Este principio está ligado a la obligación de transparencia activa, que implica el publicitar determinada información en los sitios web.

Por otra parte la transparencia pasiva habilita a cualquier persona que lo desee, a realizar una solicitud de acceso a la información pública, completando y presentando el formulario correspondiente o una carta formal según establece el procedimiento de solicitud de información pública.

Solicitudes de acceso


Ingreso de solicitudes

En Oficinas Centrales de la Universidad de la República se podrá solicitar aquella información requerida que se relacione con las competencias, especialidades y cometidos de la Universidad de la República.

Por escrito: se presentará en la Mesa de Entrada de División Secretaría de Oficinas Centrales. Dirección: Avda. 18 de Julio 1968, Piso 1 – C.P. 11200 / Montevideo, Uruguay. Teléfonos: (598) 2403 0654, 2400 9201 al 05.

Por correo electrónico: podrá realizarse a través del correo prgestion@udelar.edu.uy 

En Servicios Universitarios (Facultad, Escuela, Instituto, etcétera) se podrá solicitar:

Por escrito: se presentará en la Mesa de Entrada del servicio que corresponda.

Por correo electrónico: a la Secretaría de Decanato o Secretaría de Dirección del Servicio Universitario.

Información a incluir

Nombre, apellido, cédula de identidad, domicilio y forma de contacto (personas físicas). En caso de personas jurídicas, se deberá presentar un certificado notarial que acredite la persona y representación.

Una descripción clara de la información que se está requiriendo, cualquier dato que ayude a localizarla y de manera opcional el soporte de información preferido (no es obligatorio para la Universidad brindar la información de acuerdo al soporte que le sea preferido al solicitante).

Referentes de Transparencia Pasiva

Dirección General de Jurídica, Oficinas Centrales, Udelar: Dra. Nora Sobrino y Dra. Adriana Suñol.

Procedimiento administrativo de las solicitudes de acceso a la información pública (Ley Nº 18.381)