Artículo 3º de la Ordenanza de las Actividades de Educación Permanente
La Comisión Académica de Educación Permanente (CAEP) asesorará a la Comisión Sectorial de Enseñanza y Educación Permanente sobre los aspectos académicos de la actividad de educación permanente de la Universidad de la República, y funcionará en su ámbito. Su cometido central es asesorar a la Comisión Sectorial de Enseñanza y Educación Permanente en la promoción, diseño, orientación y fortalecimiento de políticas vinculadas a la educación permanente. Estará integrada por siete miembros de relevancia académica, que deberán reflejar la diversidad del conocimiento y de modalidades de la Educación Permanente. El perfil de estos miembros necesitará reflejar, además, el vínculo con el medio profesional.
Los miembros y sus respectivos suplentes serán designados por el Consejo Directivo Central y durarán tres años en sus funciones, pudiéndose renovar su mandato por una única vez.
Integrantes
Res. 15 del CDC del 6 de febrero de 2024.
- Javier Vitancurt – Titular
- Diego Passarella – Titular
- Dalton Rodríguez – Titular
- Carla Tuimil – Alterna
- Enrique Nogueira – Titular
- Ruben Cano – Titular
- Sergio Nesmachnow – Titular
- Helena Heinzen – Alterna