Resumen
El programa 720-Contrapartida de Convenios se basa en los acuerdos de cooperación académica suscritos con universidades, centros de investigación y otras instituciones de nivel superior, extranjeros, que comparten los fines o parte de estos con la Universidad de la República.
El programa exige, como contrapartida, la existencia de convenios vigentes con la Udelar y sus centros y facultades. La ejecución del programa se financia con fondos del Servicio de Relaciones Internacionales asignados anualmente por el presupuesto universitario para tal fin.
El cometido del programa 720-Contrapartida de Convenios consiste en la colaboración académica a través de actividades de interés para los centros, facultades y sus docentes y la cofinanciación de intercambios docentes.
El programa es administrado por el Departamento de Convenios del Servicio de Relaciones Internacionales y consta de dos convocatorias anuales:
- Primer semestre: actividades académicas que comiencen en el período comprendido entre el 1.o de enero y el 30 de junio.
- Segundo semestre: actividades académicas que comiencen en el período comprendido entre el 1.o de julio y el 31 de diciembre.
Las postulaciones se realizan centralmente en los servicios universitarios y luego estos las remiten al Departamento de Convenios del SRI.
Este programa financia hasta 15 días de estadía a los docentes extranjeros invitados a los efectos de cumplir con su actividad académica prevista. Para los docentes de la Udelar que se trasladan al exterior a cumplir su actividad académica, se financia el costo del pasaje de menor valor de plaza en ese período.
A partir del 2023 el SRI y el Prorrectorado de Gestión han acordado incluir también la cofinanciación de hasta dos movilidades para postulaciones de funcionarios Técnicos, Administrativos y de Servicios (TAS).
Requisitos de presentación
- Ser docente o funcionario TAS de la Udelar según lo establecido en la normativa universitaria vigente.
- Existencia de un convenio vigente (marco o específico) de la Udelar con la institución contraparte. Si se trata de un convenio específico donde figura un solo centro o facultad, este tendrá igual validez para el intercambio de los demás centros y facultades. También se toman en cuenta los convenios aprobados con media firma, es decir, ya suscritos por el rector (o el decano, en el caso de específicos).
- La institución contraparte debe hacerse cargo de las erogaciones que comporten la estadía de los docentes/funcionarios TAS de la Udelar que viajen a realizar su actividad académica en el país extranjero o del pasaje de sus docentes/funcionarios no docentes que vengan a Uruguay con el cometido académico acordado con nuestra universidad. Esta disposición debe ser refrendada mediante una carta de contrapartida firmada por una autoridad de la institución extranjera.
- El período de ejecución de la actividad académica debe coincidir con el semestre para el que el docente se está postulando.
- Tanto los postulantes Udelar como los invitados deben ser presentados y avalados por la autoridad del centro o facultad donde se desarrollará la actividad; también deben ser aprobados por la Comisión de Asuntos Internacionales del SRI.
- La actividad que se realizará debe estar también avalada por la autoridad del centro o facultad y aprobada por la Comisión de Asuntos Internacionales del SRI.
- No se podrán postular al programa aquellas personas que hayan hecho usufructo de él en las últimas tres convocatorias.
- De no realizarse la actividad, debe ser presentada una carta de renuncia donde se expongan las razones. En caso de no existir dicha comunicación, esta omisión será registrada y el postulante quedará inhabilitado para su posterior presentación al programa.
Consulte las convocatorias vigentes