El Servicio de Relaciones Internacionales comunica, que con fecha 26 de agosto de 2021, Presidencia de la República Oriental del Uruguay firmó el Decreto 279/021, donde se sustituye el artículo 2° del Decreto N° 104/020. En el Artículo 1° del nuevo Decreto, se establecen las excepciones de ingreso de ciudadanos extranjeros provenientes de cualquier país.
En el marco de la emergencia sanitaria del COVID 19, la solicitud de ingreso de extranjeros al país debe realizarse por el propio interesado, a través del siguiente link:
https://www.gub.uy/tramites/autorizacion-ingreso-uruguay
Todo ciudadano extranjero que quiera ingresar al país durante la emergencia sanitaria deberá justificar su viaje.
1. Previo al inicio del trámite las Facultades/Servicios/Centros Regionales que reciban estudiantes o docentes extranjeros deberán enviarle al interesado nota firmada por el Decano/a, avalando el ingreso al país y la fundamentación de razones de necesidad impostergable de venida del docente o estudiante.
2. El interesado deberá iniciar trámite en línea, ingresando en el siguiente link:
https://www.gub.uy/tramites/autorizacion-ingreso-uruguay
Deberá completar el formulario en línea con los datos solicitados, para el ingreso al país; la excepción que correspondería tanto a estudiantes como a docentes extranjeros del Artículo 1°, es ítem i del Decreto 279/021 del 26 de agosto de 2021.
Asimismo deberá adjuntar la documentación de la Udelar que pruebe el motivo de solicitud de ingreso al país.
3. La solicitud será analizada por el organismo correspondiente según el motivo del viaje seleccionado, la justificación del mismo y la documentación probatoria presentada.
El interesado recibirá un mail a su dirección de correo donde le indicarán el resultado de su solicitud la cual puede ser aprobada o rechazada la autorización de ingreso al país.
4. Una vez autorizado el ingreso, recibirá un correo electrónico con el enlace para completar el trámite. Se debe adjuntar un resultado negativo de detección del virus SARS COV – 2, por técnica de biología molecular PCR y no presentar síntomas al momento de realizar el trámite. El PCR debe realizarse como máximo 72 hs. previo al viaje en un laboratorio habilitado en el país de origen o tránsito.
Todas las personas, que ingresen a Uruguay provenientes del extranjero, deberán realizarse al séptimo día de haber realizado el test de detección del virus SARS CoV-2 en el país de origen o tránsito, un test por técnica de biología molecular PCR-RT a su costo, o en su defecto, guardar aislamiento social preventivo obligatorio durante catorce días contados desde su ingreso al país.
5. Una vez obtenida la autorización de ingreso, tener en cuenta que deberá cumplir el protocolo sanitario impuesto por el Ministerio de Salud Pública.